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Sistema de Busqueda y Rescate de la semar

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“Todo Estado ribereño fomentará la creación, el funcionamiento y el mantenimiento de un Servicio de búsqueda y salvamento adecuado y eficaz para garantizar la seguridad marítima y aérea y, cuando las circunstancias lo exijan, cooperará para ello con los Estados vecinos mediante acuerdos mutuos regionales.”
CONVEMAR art. 98.2



I.
PROPOSITO:
 
 

La salvaguarda de la vida humana en la mar es una preocupación permanente de todas las naciones, en especial, de aquellas cuyo progreso económico está ligado de manera fundamental, a las diversas actividades desarrolladas en sus mares adyacentes y del aprovechamiento de sus recursos.

 

La Armada de México históricamente se ha responsabilizado de la ejecución de las operaciones de búsqueda y rescate, utilizando los medios disponibles, buques, embarcaciones, aeronaves y personal, sin embargo, el Alto Mando de la Armada de México consiente de la importancia de la salvaguarda de la vida humana en la mar, estableció como uno de los retos y prioridades, la optimización de las operaciones de búsqueda y rescate marítimo para que, de manera sistematizada y con los medios adecuados, responda a la demanda creciente de auxilio marítimo, de acuerdo con el Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima.

 

Rescate

 

Para estar en capacidad de responder de manera inmediata y efectiva a toda llamada de auxilio generada en aguas nacionales y en condiciones meteorológicas adversas, en ese orden, se han ejecutado acciones para desarrollar el Sistema Nacional de Búsqueda y Rescate Marítimo, a través de la Sub-Sección de Búsqueda y Rescate perteneciente a la Sección Tercera (Operaciones) del Estado Mayor General de la Armada de México, cuya misión es el desarrollo y promulgación de la Doctrina de Búsqueda y Rescate, además de establecer los mecanismos de organización del Sistema Nacional de Búsqueda y Rescate (SAR); Asimismo, se estableció el Centro Coordinador Nacional de Búsqueda y Rescate Marítimo (MRCC) para contar con una organización eficaz de búsqueda y rescate a nivel nacional..

   
II.
OBJETIVOS:
 
  Mejorar la calidad y efectividad en la respuesta de la Armada de México a las emergencias marítimas mediante lo siguiente
 

a.

Incorporar al despliegue de Mandos Navales, las Estaciones Navales de Búsqueda y Rescate dependiendo de éstos operativa y administrativamente. La Estación Naval de Búsqueda y Rescate de Puerto Vallarta, Jalisco, fue la primera en establecerse el 4 de abril de 2007. Asimismo, con fecha 16 de abril de 2008 se crearon las Estaciones Navales de Búsqueda y Rescate de Ensenada, B.C., Los Cabos, B.C.S., Huatulco, Oax., e Isla Mujeres, Q. Roo. En 2009 con fecha 16 de abril se establecieron las estaciones SAR en Acapulco, Gro., Mazatlán, Sin., Yucalpetén, Yuc., y Ciudad del Carmen, Camp.; y el 1ro. de junio de 2010 se crearon las de La Paz, B.C.S., Guaymas y Puerto Peñasco, Son., Tampico y el Mezquital Tamps.

 

Búsqueda y Rescate     Búsqueda y Rescate

 

 
b.

Se están dotando a las estaciones Navales de Búsqueda y Rescate (ENSAR) con los medios adecuados para desarrollar sus actividades en tiempo y forma. Existirán dos tipos de estaciones, las del tipo “A” y tipo “B”, las primeras contarán con una embarcación autoadrizable para condiciones meteorológicas adversas, marca Textron Marine de 47 pies y dos embarcaciones rápidas, Defender Safe Boat de 33 pies; y las estaciones Tipo “B” con dos embarcaciones rápidas Defender Safe Boat.

 

Defender 33 pies     MLB 47 pies

 

 
c.

Sistematizar la capacitación y entrenamiento del personal destinado a desarrollar las acciones de búsqueda y rescate. Para tal efecto, el 1ro. de septiembre del 2007 se creó la Escuela de Búsqueda, Rescate y Buceo, con sede en la Octava Región Naval, en el Puerto de Acapulco, Gro.

.

Capacitación

 

 
d.
Se desarrollaron e implementaron los procedimientos necesarios para recibir, transmitir (a las instancias correspondientes) y dar el seguimiento en forma oportuna a las llamadas de socorro o la información relativa a emergencias a lo largo del territorio nacional y los mecanismos de coordinación a nivel internacional.

Procedimientos

 

III.
MARCO LEGAL:


  a.

Ámbito Internacional.

México se incorporó a la Organización Marítima Internacional (OMI) a partir del 21 de septiembre de 1954 y desde entonces, se comprometió a garantizar la adopción de medidas para la salvaguarda de personas que se hallen en peligro  en la mar.
   
1.

Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en la Mar (SOLAS). 
Considerado como el tratado internacional más importante sobre la seguridad de buques mercantes. El Convenio SOLAS establece que “Las partes se comprometen a garantizar la adopción de medidas que exijan la vigilancia de costas y el rescate de personas que se hallen en peligro cerca de ellas o en la mar”.

   
2.
Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.
En este importante documento internacional se habla del “Deber de prestar auxilio” de todo Estado ribereño.
    3.
Convenio Internacional Sobre Búsqueda y Salvamento Marítimo (SAR).
Aprobado en 1979, entró en vigor en 1985, con el propósito de implementar un sistema de búsqueda y rescate internacional, en este convenio se indica que los Estados Parte deben establecer Regiones de Búsqueda y Salvamento (SRR, por sus siglas en inglés) dentro de cada área marítima de su responsabilidad y por lo tanto aceptan la responsabilidad de mantener servicios SAR en un área especificada.
   
4.
Acuerdo Entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América sobre Búsqueda y Rescate Marítimo.
El propósito de este acuerdo es establecer las normas para la cooperación entre las autoridades de búsqueda y rescate marítimo de los Gobiernos de los Estados Unidos Mexicanos y de los Estados Unidos de América.
   
5.
Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimo (SMSSM).
Derivado de las enmiendas al Convenio SOLAS de 1988, los países signatarios se comprometieron a instalar el Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima (SMSSM), Entró en vigor el 1 de febrero de 1999, su operación básica consiste en alertar rápidamente a las autoridades de búsqueda y rescate en tierra, así como a los buques que naveguen en inmediaciones de la embarcación en peligro.
 
b.
Ámbito Nacional.
Se establecen atribuciones y funciones a la SEMAR, en los siguientes  documentos
   
1.
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF).
En el artículo 30, Fracción V y Fracción VII bis.
   
2.
Ley Orgánica de la Armada de México (LOAM).
La LOAM en su artículo 2, fracción V.
    3.
Ley de Navegación y Comercio Marítimos (LNCM).
    4.
Comisión Intersecretarial de Seguridad y Vigilancia Marítima y Portuaria. (CONSEVI).
El 10 de Septiembre de 1996, se creó la Comisión Intersecretarial de Seguridad y Vigilancia Marítima y Portuaria (CONSEVI), integrada por las secretarias de: Turismo (SECTUR), Energía (SENER), Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), Marina (SEMAR) y Comunicaciones y Transportes (SCT), con la finalidad de coordinar y supervisar las funciones ó actividades en materia de seguridad y vigilancia marítima, portuaria, pesquera, turística náutica y energética.
    5.
Acuerdo de Colaboración SEMAR-SCT, del 3 de septiembre de 2007, para garantizar la protección, seguridad y prosperidad Marítima y Portuaria.
   
IV.
LINEAS DE ACCION:
    
 
Para estar en capacidad de alcanzar una respuesta inmediata y efectiva a toda llamada de auxilio generada en aguas nacionales, inclusive en condiciones meteorológicas adversas, se establecieron las siguientes líneas de acción:
  A. Fortalecer el Sistema de Alertamiento.
   
1.
Se están ejecutando diferentes acciones con la finalidad de dar cumplimiento a los puntos marcados en el Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima (SMSSM) del cual México es signatario. Al respecto se realizan coordinaciones con la SCT en los siguientes temas:
       
a.
Procedimientos de recepción de llamadas de emergencias que recibe la SCT (TELECOMM) en cumplimiento al SMSSM del que México es firmante y las coordinaciones con SEMAR para transmitir esas llamadas a través de líneas dedicadas a los MRCC.
       
b.
La generalización del empleo del “Sistema Automático de Identificación de Buques” (A.I.S., por sus siglas en ingles), en los nacionales.
       
c.
La entrada en vigor del “Sistema de Identificación y Seguimiento de Largo Alcance de los Buques (LRIT)” y la interoperabilidad en el proceso de recepción-transmisión de mensajes de emergencia.
   
2.

Registro Nacional de Radiobalizas Indicadoras de Posición de Emergencia por SEMAR en la base de datos internacional del sistema COSPAS-SARSAT (Sistema de satélites Ruso-Norteamericanos, para Búsqueda y Rescate)

COSPAS-SARSAT

   
3.
Desde septiembre del 2009, la Secretaria de Marina es el punto de contacto (SPOC) con el Centro de Control de Misión de los Estados Unidos de América para la recepción de las señales en México del sistema COSPAS-SARSAT, la recepción de estos mensajes se realiza en tiempo real a través de líneas dedicadas.
   
4.
Otro sistema que es utilizado en apoyo a las operaciones de SAR, es el Sistema de Localización Satelital y Seguimiento a Embarcaciones Pesqueras, SISMEP, administrado por la Comisión Nacional de Pesca (CONAPESCA), que se establece ante la necesidad de conocer con mayor precisión la operación de las embarcaciones pesqueras registradas, se soporta en un sistema de posicionamiento geográfico de uso generalizado, un transreceptor en las embarcaciones y uno o varios Centros de Seguimiento, entre otras características, cuenta con un accesorio que  automáticamente envía la señal, al activar el botón de emergencia transmitiendo la señal al Centro de Seguimiento Satelital de la Flota Pesquera localizado en el domicilio de la CONAPESCA, y al sistema repetidor o de consulta alterno en la Secretaría de Marina (localizado en la Sala de Comando y Control), cualquier situación que indiquen emergencia, riesgo o peligro inminente para la embarcación o su tripulación, asociando su posición geográfica en coordenadas de latitud y longitud.
   
5.

Se creó y difunde el correo electrónico de este servicio ( Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla ), con la finalidad de mantener un flujo de información con los mandos navales y estaciones SAR, así como con los servicios SAR de otras instituciones regionales e internacionales.

 

Sistema de Localización Satelital 

 
b.
Medios e Infraestructura Requerida.
   

1.-

  
 

El sistema de Búsqueda y Rescate contempla la utilización de los medios con los que actualmente se cuenta: buques, aeronaves, embarcaciones de alta velocidad y personal, dotándolos con los sistemas, equipamiento, procedimientos y entrenamiento necesarios para la ejecución eficiente de las operaciones de Búsqueda y Rescate.

 

Buque   Avión

Patrulla   Helicóptero

 

 

 

 
2.-
Se determinó la necesidad de establecer 17 Estaciones Navales de Búsqueda y Rescate (ENSAR), a lo largo de ambos litorales, cinco tipo Alfa y 12 Tipo Bravo.
Cada ENSAR se constituirá con las siguientes facilidades.
   

  1. Muelle flotante con servicios de energía eléctrica, agua potable y combustible.
  2. Plataforma de varado para embarcaciones Defender.
  3. Rampa de botado y plaza de maniobra.
  4. Cobertizo para mantenimiento de las embarcaciones.
  5. lojamiento para las tripulaciones con sala de comando, con equipamiento necesario, sistemas informáticos y de comunicaciones.


3.-

Personal:
Para garantizar la operación de las estaciones y embarcaciones de Búsqueda y Rescate en todo momento y bajo cualquier condición climatológica, se dotarán con el personal capacitado para el control y seguimiento de las operaciones.

 

Cada uno de los elementos que conforman las dotaciones de las estaciones, será adiestrado en las diferentes especialidades que sean requeridas para la eficiente ejecución de las operaciones.

 


 
4.-

 

Despliegue de las estaciones propuestas


Despliegue de las estaciones propuestas

 
c.
Capacitación y Adiestramiento.
   
La base en el proceso de generación y promulgación de la doctrina SAR, se obtiene del adiestramiento y es ante esta necesidad que se establece como plataforma, la creación de una Escuela de Búsqueda y Rescate, con el siguiente panorama:
   
1.
Actualmente se encuentra en proceso de construcción la infraestructura de la nueva escuela y en tanto dure este proceso, la capacitación del personal para las nuevas estaciones que serán creadas, se realizará en las instalaciones del Centro de Actualización Profesional CENAPROF, con sede en Acapulco, Gro., mismo que quedó en receso a partir del primero de julio de 2007.

Escuela de Búsqueda y Rescate

 

   
2.
La escuela de Búsqueda Rescate y Buceo, contará con las facilidades necesarias para la capacitación en las áreas para el desarrollo de operaciones SAR, tales como: coordinación de operaciones SAR, operación y mantenimiento de botes,  navegación y comunicaciones de emergencia, nadadores de búsqueda y rescate, operación del sistema computarizado para apoyar a las búsqueda SAROPS.
   
3.
A través del convenio firmado con los Estados Unidos de América, se promueve la capacitación del personal para la creación del cuerpo de instructores para la Escuela de Búsqueda, Rescate y Buceo.
   
V. ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE BUSQUEDA Y RESCATE PARA LA ARMADA DE MEXICO
 
a.- 

Internacional

En la Doctrina de Búsqueda y Rescate Internacional, el sistema consta de establecimientos que deben trabajar en coordinación para proporcionar un servicio global. La creación de un sistema de esta índole requiere generalmente del establecimiento de una o varias Regiones de Búsqueda y Rescate (SRR), con la capacidad de recibir alertas, coordinar y prestar los servicios SAR en cada región, asociados a un Centro Coordinador de Rescate Marítimo (MRCC) y éste a su vez con Subcentros Coordinadores de Rescate (RSC).


Organización


b.-

Nacional

La Secretaría de Marina - Armada de México conforme a los convenios de la OMI relativos a búsqueda y rescate, estableció un sistema análogo al SAR internacional, que permite coordinar con otros Estados la prestación de los servicios con cobertura mundial.

Organización


c.-

Establecimientos

Región de Búsqueda y Rescate Nacional, (SRR), su zona de cobertura comprende la Zona Económica Exclusiva de México (ZEE), misma que ha sido subdividida para control, en siete regiones asociadas con las aéreas geográficas de las Regiones Navales.

 

El Centro Coordinador Nacional de Búsqueda y Rescate Marítimo (NMRCC), facilita la coordinación para la recolección e intercambio de información con instituciones nacionales e internacionales y supervisa la realización de las operaciones SAR dentro de la Región de Búsqueda y Rescate Nacional.

 

Centros de Coordinación de Rescate Marítimo Regional, (MRCC), se establecen en cada Región Naval y cuentan con un Coordinador de Misión de Búsqueda y Rescate Regional (SMC).

 

Subcentro de Coordinación de Rescate Marítimo (MRSC), se establecen en las Zonas o Sectores Navales, para mantener una estrecha coordinación de los medios SAR con el Centro Coordinador (MRSC).

 

Estación Naval de Búsqueda y Rescate (ENSAR), son instalaciones dotadas con personal, unidades operativas y equipo especializado para la coordinación y ejecución de las operaciones de Búsqueda y Rescate, estas estaciones se especializan en la reacción inmediata para dar respuesta a las emergencias, su área de cobertura está limitada por las características de las unidades de rescate, por lo que mantienen estrecha comunicación con los MRCC y MRSC, para cualquier coordinación que sea requerida.

 

Por su naturaleza, las tripulaciones de dichas estaciones deberán estar en constante adiestramiento y permanentemente disponibles.


d.-

Cadena de Mando

Coordinador Nacional SAR, (NSC), dicha función recae en el Jefe del Estado Mayor General de la Armada, en el edificio sede de la SEMAR, en la Ciudad de México. Tiene la responsabilidad de establecer y prestar servicios de Búsqueda y Rescate en la SRR y de asegurar que la planificación de dichos servicios se coordine debidamente en el ámbito operativo, así como de planear, coordinar, supervisar y dar seguimiento a las operaciones, a nivel nacional.

 

Coordinador de Misión SAR (SMC), es el Oficial Naval designado temporalmente para dar respuesta a una situación de peligro real o aparente; esta designación tendrá vigencia hasta: 1) La conclusión del rescate, 2) Que se declare la inutilidad de proseguir los esfuerzos, 3) Que la responsabilidad se transfiera a otro MRCC o MRSC.

 

Coordinador en Escena, (OSC), es la persona designada por el coordinador de misión SAR (SMC) para coordinar las operaciones de búsqueda y rescate en el lugar del incidente cuando intervienen más de una unidad de búsqueda y rescate, manteniendo estrecha comunicación y coordinación con el SMC.

 

Unidad de Búsqueda y Rescate, (SRU) se denomina así a aquellas unidades de superficie o aéreas que estén empeñadas en el desarrollo de operaciones de búsqueda y rescate, independientemente si pertenecen o no a una Estación Naval de Búsqueda y Rescate (ENSAR).

VI.
CONCLUSIÓN
.
     
 

La optimización de las operaciones, la adquisición de equipo especializado, la implementación de la doctrina y el entrenamiento de todo el personal que se relacione con las operaciones SAR, son las acciones que permitirán el desarrollo y la eficiencia del sistema de búsqueda y rescate a cargo de la Armada de México, a fin de alcanzar los siguientes objetivos:

 

Reducir los riesgos de pérdidas de vidas en la mar, tanto en lugares concurridos por el turismo nacional o internacional, o donde se desarrollan actividades marítimas.

 

Responder de manera expedita la demanda creciente de auxilio en las costas y litorales Mexicanos, en apego al Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima (SMSSM).

 

SAR

 

Última actualización el Martes, 07 de Septiembre de 2010 12:12  
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